La Comisión del Mercado de Valores de los Estados Unidos (SEC) tiene nuevas limitaciones reglamentarias a la hora de castigar a los acusados con multas. La sentencia habría alterado las multas solicitadas en algunos casos recientes notables relacionados con criptomonedas.
Según un resumen del 23 junio del caso de la Corte Suprema de los Estados Unidos Liu v. SEC en la Revisión de la Ley Nacional, el tribunal dictaminó que la SEC no puede imponer multas, conocidas como disgustos, que excedan los beneficios obtenidos de actividades ilegales. Además, esas sanciones solo pueden "concederse en beneficio de las víctimas", no imponerse como daños punitivos.
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La sentencia se aplica a todos los acusados, por supuesto, pero para las empresas blockchain y de criptomonedas que se enfrentan a posibles acusaciones de la SEC, se trata en realidad de una definición más estricta de "el castigo debe corresponder al delito" cuando se trata de sanciones financieras. La comisión ya está limitada en su aplicación por un estatuto de limitaciones de cinco años.